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1.
El plazo previsto por la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo contra un acto presunto es de
2.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en cuanto a la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública cuando esta actúe como persona de Derecho Privado
3.
El reconocimiento a una persona de la condición de parte en un proceso concreto deriva de/de su
4.
La impugnación indirecta, en vía jurisdiccional, de un Reglamento, cuando previamente no se ha impugnado directamente
5.
La declaración de lesividad, a efectos del Recurso Contencioso-Administrativo, se considera
6.
Los actos administrativos que sean reproducción de otros anteriores definitivos y firmes, a efectos del recurso contencioso-administrativo
7.
El plazo que se concede para alegaciones previas se computa desde el/la
8.
Contra el Auto desestimatorio de las alegaciones previas, es posible recurso de
9.
Si de la contestación a la demanda resultaran nuevos hechos de trascendencia para la resolución del pleito, el recurrente podrá pedir el recibimiento a prueba y expresar los medios de prueba que se propongan dentro de los siguientes días a aquel en que se haya dado traslado de la misma
10.
En defecto de vista, se efectúa/an
11.
En el caso de que un recurso recayere sobre cosa juzgada, se
12.
La condena en costas, en caso de desistimiento
13.
Cuando no exista crédito para hacer efectivo de cantidad líquida a que es condenada la Administración Pública
14.
Respecto de los actos y disposiciones en materia de personal del Tribunal de Cuentas, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo conoce
15.
La postulación por los funcionarios en un proceso contencioso-administrativo en materia de personal ante órganos jurisdiccionales colegiados
16.
Como regla general, sobre los recursos contra actos de los Secretarios de Estado, es competente el/la
17.
Tras la admisión de un Recurso Contencioso-Administrativo, el siguiente trámite es el/la
18.
El plazo que se concede para alegaciones previas es de
19.
Por su parte para los escritos de conclusiones se conceden
20.
En caso de que se estime un Recurso Contencioso-Administrativo y se haya pretendido en la demanda el resarcimiento de daños, la sentencia