OPOSICIONES XUNTA DE GALICIA

 

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1. 
El plazo previsto por la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo contra un acto presunto es de

2. 
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en cuanto a la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública cuando esta actúe como persona de Derecho Privado

3. 
El reconocimiento a una persona de la condición de parte en un proceso concreto deriva de/de su

4. 
La impugnación indirecta, en vía jurisdiccional, de un Reglamento, cuando previamente no se ha impugnado directamente

5. 
La declaración de lesividad, a efectos del Recurso Contencioso-Administrativo, se considera

6. 
Los actos administrativos que sean reproducción de otros anteriores definitivos y firmes, a efectos del recurso contencioso-administrativo

7. 
El plazo que se concede para alegaciones previas se computa desde el/la

8. 
Contra el Auto desestimatorio de las alegaciones previas, es posible recurso de

9. 
Si de la contestación a la demanda resultaran nuevos hechos de trascendencia para la resolución del pleito, el recurrente podrá pedir el recibimiento a prueba y expresar los medios de prueba que se propongan dentro de los siguientes días a aquel en que se haya dado traslado de la misma

10. 
En defecto de vista, se efectúa/an

11. 
En el caso de que un recurso recayere sobre cosa juzgada, se

12. 
La condena en costas, en caso de desistimiento

13. 
Cuando no exista crédito para hacer efectivo de cantidad líquida a que es condenada la Administración Pública

14. 
Respecto de los actos y disposiciones en materia de personal del Tribunal de Cuentas, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo conoce

15. 
La postulación por los funcionarios en un proceso contencioso-administrativo en materia de personal ante órganos jurisdiccionales colegiados

16. 
Como regla general, sobre los recursos contra actos de los Secretarios de Estado, es competente el/la

17. 
Tras la admisión de un Recurso Contencioso-Administrativo, el siguiente trámite es el/la

18. 
El plazo que se concede para alegaciones previas es de

19. 
Por su parte para los escritos de conclusiones se conceden

20. 
En caso de que se estime un Recurso Contencioso-Administrativo y se haya pretendido en la demanda el resarcimiento de daños, la sentencia