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1. El plazo previsto por la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo contra un acto presunto es de
2. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en cuanto a la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública cuando esta actúe como persona de Derecho Privado
3. El reconocimiento a una persona de la condición de parte en un proceso concreto deriva de/de su
4. La impugnación indirecta, en vía jurisdiccional, de un Reglamento, cuando previamente no se ha impugnado directamente
5. La declaración de lesividad, a efectos del Recurso Contencioso-Administrativo, se considera
6. Los actos administrativos que sean reproducción de otros anteriores definitivos y firmes, a efectos del recurso contencioso-administrativo
7. El plazo que se concede para alegaciones previas se computa desde el/la
8. Contra el Auto desestimatorio de las alegaciones previas, es posible recurso de
9. Si de la contestación a la demanda resultaran nuevos hechos de trascendencia para la resolución del pleito, el recurrente podrá pedir el recibimiento a prueba y expresar los medios de prueba que se propongan dentro de los siguientes días a aquel en que se haya dado traslado de la misma
10. En defecto de vista, se efectúa/an
11. En el caso de que un recurso recayere sobre cosa juzgada, se
12. La condena en costas, en caso de desistimiento
13. Cuando no exista crédito para hacer efectivo de cantidad líquida a que es condenada la Administración Pública
14. Respecto de los actos y disposiciones en materia de personal del Tribunal de Cuentas, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo conoce
15. La postulación por los funcionarios en un proceso contencioso-administrativo en materia de personal ante órganos jurisdiccionales colegiados
16. Como regla general, sobre los recursos contra actos de los Secretarios de Estado, es competente el/la
17. Tras la admisión de un Recurso Contencioso-Administrativo, el siguiente trámite es el/la
18. El plazo que se concede para alegaciones previas es de
19. Por su parte para los escritos de conclusiones se conceden
20. En caso de que se estime un Recurso Contencioso-Administrativo y se haya pretendido en la demanda el resarcimiento de daños, la sentencia