OPOSICIONES XUNTA DE GALICIA

 

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1. 
En los casos en que se aprecie identidad del sujeto, hecho y fundamento

2. 
Cuando un órgano de la Unión Europea hubiera impuesto una sanción por los mismos hechos, y

3. 
Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia de

4. 
La anulación en vía administrativa o por el orden jurisdiccional contencioso administrativo de los actos o disposiciones administrativas

5. 
Respecto a la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas el daño alegado habrá de ser

6. 
Cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los términos que en ellos se especifiquen, los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas de toda lesión que sufran en sus bienes y derechos como consecuencia de la aplicación de

7. 
Si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma con rango de ley declarada inconstitucional, procederá su indemnización cuando el particular haya obtenido

8. 
Si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma declarada contraria al Derecho de la Unión Europea, procederá su indemnización cuando el particular haya obtenido, en cualquier instancia, sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la infracción del Derecho de la Unión Europea posteriormente declarada. Asimismo, deberán cumplirse todos los requisitos siguientes: (señala la incorrecta

9. 
La sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o declare el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea producirá efectos

10. 
La responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento de la Administración de Justicia se regirá por la

11. 
Fijará el importe de las indemnizaciones que proceda abonar cuando el Tribunal Constitucional haya declarado, a instancia de parte interesada, la existencia de un funcionamiento anormal en la tramitación de los recursos de amparo o de las cuestiones de inconstitucionalidad

12. 
El procedimiento para fijar el importe de las indemnizaciones se tramitará por

13. 
Para determinar la responsabilidad de las Administraciones Públicas por los daños y perjuicios causados a terceros durante la ejecución de contratos cuando sean consecuencia de una orden inmediata y directa de la Administración o de los vicios del proyecto elaborado por ella misma se seguirá el procedimiento previsto en

14. 
Cuando de la gestión dimanante de fórmulas conjuntas de actuación entre varias Administraciones públicas se derive responsabilidad en los términos previstos en la presente Ley, las Administraciones intervinientes responderán frente al particular en todo caso

15. 
En los casos previstos en la pregunta anterior, la Administración competente para incoar, instruir y resolver los procedimientos en los que exista una responsabilidad concurrente de varias Administraciones Públicas, será la fijada

16. 
El instrumento jurídico regulador de la actuación conjunta

17. 
En otros supuestos de concurrencia de varias Administraciones en la producción del daño, la responsabilidad se fijará para cada Administración atendiendo a los criterios de

18. 
Cuando se trate de procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial, la Administración Pública competente, deberá consultar a las restantes Administraciones implicadas para que, en el plazo de

19. 
Sólo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños que éste

20. 
No serán indemnizables los daños que se deriven de hechos o circunstancias que