OPOSICIONES XUNTA DE GALICIA

 

Bienvenido al  RECURSOS 4

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1. 
    El órgano a quien competa resolver el recurso, previa ponderación, suficientemente razonada, entre el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el ocasionado al recurrente como consecuencia de la eficacia inmediata del acto recurrido, podrá suspender, de oficio o a solicitud del recurrente, la ejecución del acto impugnado cuando

2. 
    La ejecución del acto impugnado se entenderá suspendida si desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para decidir sobre la misma, el órgano a quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto en el plazo de

3. 
    Respecto a la suspensión de la ejecución no es correcto

4. 
    Cuando el recurso tenga por objeto la impugnación de un acto administrativo que afecte a una pluralidad indeterminada de personas, la suspensión de su eficacia habrá de ser

5. 
    Cuando hayan de tenerse en cuenta nuevos hechos o documentos no recogidos en el expediente originario, se pondrán de manifiesto a los interesados para que formulen las alegaciones y presenten los documentos y justificantes que estimen procedentes, en un plazo

6. 
    Respecto a la audiencia del interesado no es correcto

7. 
    La resolución del recurso (señala la incorrecta)

8. 
    Respecto a la resolución del recurso no es correcto

9. 
    Respecto a la pluralidad de recursos administrativos no es correcto

10. 
   Las resoluciones y actos a que se refiere el artículo 112.1, cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos

11. 
   Si el recurso de alzada se hubiera interpuesto ante el órgano que dictó el acto impugnado, éste deberá remitirlo al competente con su informe y con una copia completa y ordenada del expediente en el plazo de

12. 
   El plazo para la interposición del recurso de alzada, si el acto fuera expreso será

13. 
   Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada

14. 
   El plazo máximo para dictar y notificar la resolución de un recurso de alzada será de

15. 
   El recurso de alzada podrá interponerse