OPOSICIONES XUNTA DE GALICIA

 

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1. 
El objeto de la ley 9/2007 es:

2. 
De acuerdo con el art. 2 de la ley 9/2007, se entiende por subvención:

3. 
Son requisitos a cumplir por parte de los beneficiarios anteriores:

4. 
En cuanto a las aportaciones dinerarias a favor de otras administraciones públicas o de sus entidades dependientes, establecidas mediante norma legal o reglamentaria y destinadas a financiar actividades de su competencia o impuestas por una norma emanada de la administración otorgante :

5. 
Y, en cuanto a los beneficios fiscales a favor de los usuarios de bienes y de servicios públicos aplicables en los precios correspondientes:

6. 
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente ley, de conformidad con el art. 4, los siguientes supuestos:

7. 
En cuanto a la gestión de las subvenciones, de conformidad con el art. 5, se realizará de conformidad con los principios de:

8. 
Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, de conformidad con el art. 6, deberá aprobarse:

9. 
Entre otras, el otorgamiento de una subvención debe cumplir:

10. 
Serán competentes para conceder subvenciones, de conformidad con el art. 7:

11. 
sin embargo, requerirá autorización del consello de la Xunta la concesión de subvenciones que superen la cuantía de:

12. 
De conformidad con el art. 9, tiene la consideración de entidad colaboradora:

13. 
No podrán, entre otras causas, tener la condición de beneficiario o entidad colaboradora, cuando:

14. 
Las obligaciones del beneficiario, entre otras, son:

15. 
Y, por otra parte, son obligaciones de las entidades colaboradoras:

16. 
La actuación de la entidad colaboradora, deberá formalizarse mediante:

17. 
Y, en consecuencia, como mínimo, y entre otros, de conformidad con el art. 13 debe contener:

18. 
Las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, deberán publicarse:

19. 
Dichas bases, como mínimo, y entre otros, contendrán

20. 
El Registro público de subvenciones habrá de servir, por lo menos, para los siguientes fines: